Las bases concursales establecen que: “Las Instituciones Privadas, deberán garantizar el fiel uso de los recursos que transfiere ANID para las actividades de los proyectos, una boleta de garantía bancaria, vale vista endosable o póliza de seguro de ejecución inmediata. Dichos documentos deben tener una vigencia de, a lo menos, 180 días desde la fecha exigible de la Rendición de Cuentas por cada desembolso o cuota”.
La fecha exigible de la rendición de cuentas corresponde al mes 13. Lo anterior se calcula desde la fecha de inicio de ejecución del proyecto, es decir desde la fecha en que el/la académico/a asume sus funciones establecidas en el documento contractual firmado con la universidad beneficiaria.
Para la transferencia de la segunda cuota de los proyectos Subvención a la Instalación en la Academia 2021, y considerando que para poder transferir nuevos recursos las universidades beneficiarias deben cumplir con la presentación del Informe Técnico de Avance, la rendición de cuentas y de corresponder una boleta o póliza de garantía; la transferencia podría ser efectiva durante los meses de enero o febrero 2023. En este sentido, la fecha de vencimiento de la boleta o póliza de garantía por el monto de la segunda cuota debe ser septiembre 2024. Es recomendable siempre dejar un margen de holgura en la fecha de vencimiento, para así evitar algún inconveniente durante el proceso de transferencia.