El concurso financia los ítems establecidos en el punto 2.3.3 de las bases concursales. A saber:
- Gastos en Personal (*)
- Gastos de Operación - Equipamiento (**)
- Infraestructura y Mobiliario (**)
(*) Este ítem no permite el pago de incentivos.
(**) Estos gastos podrán ser financiados en casos estrictamente necesarios para la implementación del Plan de Desarrollo con la autorización previa de ANID.
Cabe señalar que el subsidio entregado por ANID en este concurso, no contempla gastos de administración indirectos.
Las bases concursales señalan que las instituciones postulantes deberán incluir en la formulación del presupuesto todas aquellas actividades necesarias y pertinentes para dar cumplimiento a los objetivos del proyecto, así como alcanzar los resultados e impactos esperados mediante la ejecución del plan de desarrollo. Con cargo al financiamiento solicitado (incluidos los aportes), se podrán efectuar gastos enmarcados en infraestructura y mobiliario para la ejecución del proyecto tales como acondicionamiento de espacios físicos y mobiliarios, los que podrán ser financiados solo en casos estrictamente necesarios para la implementación del plan de desarrollo, con la autorización previa de ANID. Adicionalmente, de acuerdo con lo señalado en el instructivo general de rendición de cuentas de ANID, podrán financiarse Infraestructura y Mobiliario considerando gastos para la materialización de obras de infraestructura, tales como acondicionamiento de espacios físicos de trabajo, la elaboración de planos y maquetas y para demás propósitos específicos del proyecto. Por lo tanto, gastos de infraestructura y mobiliario, si pueden ser financiados con aportes pecuniarios de la institución postulante.
Las bases concursales del InES I+D 2022 en su punto 2.3.3 señalan que con cargo al financiamiento solicitado (incluidos los aportes), se pueden efectuar gastos enmarcados en los ítems de gastos en personal, gastos de operaciones, gastos infraestructura y mobiliario y gasto de equipamiento. En relación a los gastos de operación, se señala que deben tener pertinencia directa con la ejecución de actividades comprometidas en el plan de desarrollo propuesto tales como: gastos de administración, materiales, capacitaciones, inscripción a seminarios, congresos, talleres, etc., publicaciones, material bibliográfico y suscripciones, gastos de difusión, software, consultorías y asesorías, costo de garantías, boletas, pólizas y pagares, reparación y arriendo de equipamiento, servicios varios, viáticos, pasajes aéreos, movilización, traslados y otros gastos. Por lo tanto, serán financiables gastos que se encuentren en coherencia con la propuesta presentada y con los objetivos de la convocatoria.
De acuerdo con lo señalado en las bases de la convocatoria InES I+D 2022, los Gastos en Personal corresponden a gastos del personal técnico y profesional vinculado directamente a la ejecución de actividades del proyecto y que participen permanentemente en éste. Incluye remuneraciones y honorarios, y pagos de leyes sociales (AFP, Cotizaciones Salud y Aportes Patronales) y finalización de contratos, vacaciones y años de servicios (indemnización) para la contratación formal del equipo de trabajo, de manera proporcional a la dedicación horaria y responsabilidades establecidas, para la ejecución del proyecto. Todas las contrataciones referidas en este ítem deberán ser previamente informadas y aprobadas por la Subdirección de Redes, Estrategia y Conocimiento de ANID. Por lo tanto, no existen restricciones al respecto por lo que es posible financiar con cargo al subsidio ANID las personas preexistentes que se dedicarán en un 100% a la ejecución del proyecto.