4.1. ¿Cuándo debo presentar informes de avance?
Según el numeral VIII de las bases concursales, se deben presentar los siguientes informes:
- Informes Técnicos:
La Institución Beneficiaria deberá presentar a ANID un informe técnico de avance anual al mes 11° del primer y segundo año de ejecución del proyecto, así como un informe técnico final, hasta 1 mes después del término del periodo de ejecución del proyecto.
- Informe de Hito crítico:
En atención a los desafíos de cada propuesta, ANID podrá establecer, en el acto de adjudicación de estas, hitos críticos de continuidad, con la finalidad de cerrar brechas específicas y mejorar el desempeño. La fecha de entrega de este informe se establecerá en la carta de adjudicación. En caso de no ser aprobado un informe de hito crítico, se pondrá término anticipado al proyecto.
- Rendiciones de Cuentas:
La Rendición de Cuentas, sus plazos, formularios y respaldos, se deben presentar de acuerdo con lo señalado en los puntos 5 y 6 del Instructivo General de Rendición de Cuentas de ANID y sus anexos y eventuales actualizaciones.
Además, la Institución Beneficiaria, deberá elaborar anualmente, en base a formato entregado por ANID, una programación de gastos que deberá ser entregada a la Subdirección de Redes, Estrategia y Conocimiento, dentro del primer trimestre de cada año de ejecución del subsidio.