En el marco del concurso Fortalecimiento de Programas de Doctorado (FPD), las Bases concursales establecen como obligación presentar un Informe Técnico de Avance que reporte el grado de cumplimiento de los objetivos y actividades reportadas a ANID durante cada año de ejecución del proyecto, a más tardar al cumplirse el mes 11 y 23 desde el inicio de la ejecución del proyecto adjudicado.
Para ello, debe completar el Formulario del "Informe Técnico de Avance" del respectivo año reportado que se encuentra adjunto al final del presente artículo y enviar al correo proyectos_sch@anid.cl
-
Completar formulario "8622(escriba folio)_INFORME TECNICO_AÑO X_FPD_2022"
Dicho Informe deberá ser completado y firmado por el/la Director/a de Proyecto y la Contraparte Institucional. Además, deberá contener anexada toda aquella información relevante para respaldar los avances de acuerdo con los objetivos y actividades reportadas en la postulación y Carta Gantt original del proyecto.
¿Qué pasa si no envío mi Informe Técnico de Avance en las fechas exigidas?
Genera el incumplimiento de las Bases concursales, pudiendo derivar en el término del proyecto con restitución parcial o total de la subvención transferida. Así también, mientras no se encuentre aprobado el Informe Técnico de Avance, ANID no transferirá recursos.
¿Quién Evalúa mi Informe Técnico de Avance?
Un/a evaluador/a experto/a de área de ANID según sea el ámbito científico del proyecto de instalación.
¿Cuáles son los posibles resultados del proceso de Evaluación del Informe Técnico de Avance?
El Informe puede ser: Rechazado, Aprobado con Observaciones o Aprobado sin Observaciones.
El Informe Técnico de Avance será rechazado en el caso de que se reporten objetivos o actividades no reportadas originalmente y sin la respectiva modificación técnica autorizada por ANID.
El Informe Técnico de Avance será Aprobado con Observaciones cuando el/la experto/a de área determine posibles inconvenientes en el nivel de logro esperado para los objetivos planificados originalmente, recomendando acciones que deberán ser capaces de cumplir y reportar en el próximo Informe Técnico de Avance o Final.
El Informe Técnico de Avance será Aprobado sin Observaciones cuando el/la experto/a de área determine que el proyecto está alineado con el nivel de logro esperado de los objetivos reportados a ANID.