Informe de avance e Informe final
A más tardar 30 días después de finalizado cada año de ejecución del Proyecto, la Institución Nacional Patrocinante o el/la Investigador/a Responsable, según corresponda, deberá entregar un informe técnico- científico de avance, donde de cuenta del progreso del proyecto en todos sus aspectos, los indicadores y medios de verificación para los resultados, como parte de los requisitos para el monitoreo y evaluación de los avances del proyecto.
Rendiciones de cuentas
La rendición de cuentas de los recursos transferidos por ANID se regirán en lo que corresponda según las normas establecidas por la Resolución N°30, del 11 de marzo de 2015, de la Contraloría General de la República y por ANID. Además de las normas e indicaciones detalladas en el instructivo general de rendición de cuentas de ANID y los respectivos anexos por concurso.
Toda productividad científica asociada a los proyectos que se financien por ANID, tales como publicaciones, artículos, libros, patentes, ponencias u otras, deberán contener los reconocimientos a esta institución por el financiamiento otorgado, utilizando el siguiente formato:
ANID / Fondo 2021 QUIMAL/ALMA/GEMINI / Código de proyecto
El/la Investigador/a Responsable se obliga a que todas las obras y bases de datos que hayan sido desarrolladas en el marco de la ejecución del proyecto sean distribuidas de manera gratuita, sin restricciones y permitiendo su re-utilización siguiendo practicas existentes de acceso abierto. Los resultados de estas investigaciones y sus bases de datos asociadas deberán ponerse a disposición del público en el repositorio institucional de la ANID, o bien en un repositorio de datos internacionales u otro que sea propuesto por el/la investigador/a y previamente aprobado por la ANID.
En los casos en que se trate de productos comunicacionales, cuyo objeto es difundir, tales como audiovisuales, libros, videojuegos, folletos, gráficas, etc…, se deberá usar la siguiente nomenclatura:
Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo / Fondo 2021 QUIMAL/ALMA/GEMINI / Código de proyecto
En el caso de adquisición de equipamiento, debe adosarse una placa indicando la misma nomenclatura mencionada anteriormente. La instalación de la placa es responsabilidad de la Institución Beneficiaria.