La universidad beneficiaria tendrá 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción del convenio (contados según lo señalado por los registros del correo enviado), para devolverlo firmado. En caso de no poder cumplir con este plazo, podrá solicitar un nuevo plazo a ANID. De no volver firmado el convenio en el plazo fijado, se declarará la caducidad de la adjudicación.
La fecha de inicio de la subvención será la fecha de la resolución que aprueba el convenio, lo cual les permitirá iniciar los gastos de instalación.
No obstante, la fecha de inicio de ejecución del proceso de instalación será la fecha de asunción de funciones establecida en el documento contractual del/de la doctor/a, según los siguientes casos:
a) Contrataciones posteriores a la postulación para la convocatoria 2021 de Subvención en la Academia, la fecha de inicio será la fecha de resolución que aprueba el convenio.
b) Contrataciones posteriores a la fecha de resolución que aprueba el convenio, la fecha de inicio será la contratación del/de la doctor/a propuesto/a para el proceso de instalación.
Aceptada la adjudicación por la Universidad beneficiaria, ANID comunicará a ésta la fecha en que se deberá suscribir el respectivo convenio, solicitando además la documentación necesaria para tales efectos. En este instrumento se establecerán expresamente los derechos y obligaciones de cada una de las partes, la duración de la subvención y todas aquellas cláusulas que resguarden, de mejor modo, el cumplimiento de los objetivos del presente concurso.