El monto máximo de recursos que se puede solicitar por propuesta es de $990.000.000 (novecientos noventa millones de pesos) totales, por los 3 años de ejecución.
La Institución Postulante podrá incluir en la formulación del presupuesto todas aquellas actividades necesarias y pertinentes para el cumplimiento del objetivo general y los objetivos específicos del proyecto, así como para alcanzar los resultados e impactos esperados, que permitan implementar el Plan de Desarrollo.
El concurso financia los ítems establecidos en el punto 2.4.3 de las bases concursales. A saber:
- Gasto en Personal (*)
- Gastos de Operación
- Equipamiento (**)
- Infraestructura y Mobiliario (**)
(*) Este ítem no permite el pago de incentivos.
(**) Estos gastos podrán ser financiados en casos estrictamente necesarios para la implementación del Plan de Desarrollo con la autorización previa de ANID.
Cabe señalar que el subsidio entregado por ANID en este concurso, no contempla gastos de administración indirectos.
En primer lugar, deberá cumplir con los resultados comprometidos en el proyecto aprobado, y que fueron evaluados para su adjudicación.
En segundo lugar, deberá cumplir con las obligaciones establecidas según tipo de institución (pública o privada), en relación a la entrega de garantías u otros documentos de respaldo del proyecto, según corresponda (punto 6.1 de las bases concursales).
En tercer lugar, deberá cumplir con las obligaciones establecidas por ANID para la declaración de gastos y rendición de cuentas, las cuales igualmente se definen en función de la naturaleza de la institución (pública o privada).
Finalmente, deberá cumplir con todas las obligaciones suscritas mediante convenio, tanto de tipo técnica (entregas de informes, cumplimiento de actividades comprometidas, entre otros), como administrativa (ejecución de recursos y su normativa de acuerdo al Instructivo de Rendición de Cuentas de ANID, cumplimiento de fechas de ejecución, término, restitución de fondos, etc.).
Según el numeral VIII de las bases concursales, se deben presentar los siguientes informes:
a. Informe Técnico de Avance:
La Institución Beneficiaria deberá presentar a ANID un informe técnico de avance anual al mes 11° del primer y segundo año de ejecución del proyecto.
b. Informe Final:
Dentro de los 30 días corridos siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del proyecto.
c. Rendiciones de Cuentas:
La Rendición de Cuentas, sus plazos, formularios y respaldos, se deben presentar de acuerdo a lo señalado en los puntos 5 y 6 del Instructivo General de Rendición de Cuentas de ANID y sus anexos vigentes.
Además, la Institución Beneficiaria, deberá elaborar anualmente, en base a formato entregado por ANID, una programación de gastos que deberá ser entregada dentro del primer trimestre de cada año de ejecución del subsidio.
Un proyecto se entenderá terminado cuando los informes técnicos y financieros finales sean aprobados por la Agencia, para lo cual se dictará el acto administrativo correspondiente cuando a su juicio, la totalidad de las obligaciones pactadas en este contrato se encuentren cumplidas o cuando habiéndose puesto término anticipado al convenio, las obligaciones de la institución hayan sido cumplidas satisfactoriamente, bajo las circunstancias exigibles por tal término (bases concursales numeral IX).
Se exigirán garantías a las instituciones beneficiarias según lo establecido en el punto 6.1 de las bases concursales.