Una vez recepcionado en original el Formulario de Rendición (Anexo N°1) por la Unidad Control de Rendiciones del Departamento de Administración y Finanzas (UCR/DAF), tras validarse la pertinencia de los gastos por parte del programa respectivo. Dicha unidad tiene un plazo de 30 días corridos para informar al respectivo Programa de ANID si se disminuyó la deuda o, en caso contrario, la no disminución indicando el o los motivos.
Luego, el respectivo Programa de ANID debe entregar al beneficiario(a), la información proporcionada por la UCR/DAF y, en caso que se informe la no disminución de la deuda, el beneficiario debe subsanar el motivo de la observación.