No. Queda estrictamente prohibido invertir los fondos transferidos para el desarrollo del proyecto en cualquier tipo de instrumentos financieros o activos digitales, ya sea de renta fija o variable, de corto o largo plazo, que reditúe intereses, reajustes u otras utilidades, tales como: fondos mutuos, acciones, depósitos a plazo, bonos, monedas virtuales, etc.
Por ello, se solicitará una declaración jurada simple (Anexo N°5) del responsable del proyecto, en la cual se establezca que los fondos transferidos por ANID no serán invertidos en ningún instrumento financiero. Dicha declaración se debe enviar junto con la primera rendición de cuentas, tanto para beneficiarios instituciones públicas y privadas, y personas naturales.