Los gastos en servicios de proveedores sin iniciación de actividades como contratación de ayudantes, arriendo de una embarcación, pago de transporte en un lugar aislado u otros, pueden ser declarados y rendidos como gastos menores mientras no superen los $500.000. Para la rendición debes llenar en el Anexo N° 4 Recibo simple de justificación de gastos menores (por un monto máximo de $500.000 anuales).
En dicho formulario debes incluir todos los gastos menores y su descripción, los cuales no podrán superar los $500.000 pesos, además debes adjuntar documentos de respaldo y la cédula de identidad del prestador de servicio.
En cuanto a la declaración en el sistema, debes ingresarlo como "Recibo simple" y luego en la descripción agregar “Gastos menores”.