El Sistema de Declaración de Gastos en Línea SDGL se encontrará habilitado a contar de la aprobación de la Resolución Exenta de ANID de tu beneficio complementario de Gastos Operacionales.
- Para gastos operacionales autorizados los años 2017, 2018 y primer llamado 2019:
DECLARACIÓN EN LÍNEA: Desde la aprobación de los gastos operacionales por Resolución de ANID hasta cumplido un año (doce meses).
FECHA DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ACEPTADOS: Para el primer año se aceptarán gastos realizados entre la fecha que autoriza el beneficio por resolución exenta, hasta los 12 meses siguientes.
Para el segundo año o renovación de su beneficio de gastos operacionales, Ud. podrá incluir gastos realizados a partir del día siguiente al término del período correspondiente al primer año, por 12 meses más.
- Para gastos operacionales autorizados en el segundo llamado 2019:
DECLARACIÓN EN LÍNEA: Desde la aprobación de los gastos operacionales por Resolución de ANID hasta el 30 de enero de 2020.
FECHA DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ACEPTADOS: Para el primer año se aceptarán gastos realizados entre el 01 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.
Para el segundo año o renovación de su beneficio de gastos operacionales, Ud. podrá incluir gastos realizados a partir del 01 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.
- Para gastos operacionales autorizados en el primer y segundo llamado 2020:
DECLARACIÓN EN LÍNEA: Desde la aprobación de los gastos operacionales por Resolución de ANID hasta el 30 de enero de 2021.
FECHA DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ACEPTADOS: Para el primer año se aceptarán gastos realizados entre el 01 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.
Para el segundo año o renovación de su beneficio de gastos operacionales, Ud. podrá incluir gastos realizados a partir del 01 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.
- Para gastos operacionales autorizados en el primer y segundo llamado 2021:
DECLARACIÓN EN LÍNEA: Desde la aprobación de los gastos operacionales por Resolución de ANID hasta el 31 de enero de 2022.
FECHA DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ACEPTADOS: Para el primer año se aceptarán gastos realizados entre el 01 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.
Para el segundo año o renovación de su beneficio de gastos operacionales, Ud. podrá incluir gastos realizados a partir del 01 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.