1. Asignación de manutención anual por un máximo de $5.883.360.-, o la proporción que corresponda, monto que ANID pagará en las cuotas que determine según la disponibilidad presupuestaria, lo que se establecerá en las respectivas bases. Esta asignación será renovable anualmente previa acreditación de la
permanencia del becario en el respectivo programa de estudio.
2. Asignación anual, destinada al pago del arancel y/o matrícula de la persona becada, por un monto máximo de $1.000.000.-
Esta asignación se pagará contra factura directamente a la universidad. Esta asignación será renovable anualmente previa acreditación de la permanencia del becario en el respectivo programa de estudio.
3. Asignación para cada hijo(a) menor de 18 años equivalente al 5% de la manutención de la persona beneficiaria. En el caso que ambos padres ostenten la calidad de becarios(as), sólo uno de ellos será causante de esta asignación. Esta asignación se entregará siempre y cuando se cumpla con acreditar el parentesco de acuerdo a lo establecido en las respectivas bases de postulación. Esta asignación será renovable anualmente previa acreditación de la permanencia del becario en el respectivo programa de estudio.
4. Asignación por concepto de cobertura de salud por un monto máximo anual de $407.880.-, o la proporción que corresponda en el caso de no completarse el año.
Esta asignación será renovable anualmente previa acreditación de la permanencia del(de la) becario(a) en el respectivo programa de estudio.
5. En el caso de embarazo, la becaria podrá hacer uso de una extensión de la asignación de manutención por concepto de pre y post natal hasta por un máximo de seis meses en total, para lo cual deberán informar sobre dicha situación a ANID.
Los meses utilizados por este motivo, no se considerarán para el cómputo del periodo original de la beca. Este beneficio sólo podrá solicitarse durante la vigencia de la beca