Si te adjudicaste la beca, y te encontrabas residiendo en el extranjero, no te corresponde la entrega de la asignación de instalación.
El dictamen N°70245/2014 de la Contraloría General de la República, relativo a la asignación de instalación y otros aplicable al caso en análisis, dispone que “dicho subsidio tiene por objeto conferir una ayuda económica al alumno para asentarse en el país en que realizará sus estudios, lo cual, en el caso de aquel tuvo lugar con ocasión de la primera beca que se concedió en esa ciudad, no correspondiendo acceder dos veces a dicho estipendio”.
El criterio contenido en el dictamen dice relación con que los beneficios de la beca obedecen a una causa, y que por tanto, si ya te encontrabas residiendo en el extranjero, al adjudicarte la beca, no procede la asignación de instalación.