Sección para acreditar el ingreso de los dependientes (hijos/as, cónyuge o conviviente civil) al país de destino del becario/a. Con esta acreditación se activarán los beneficios asociados a dependientes.
Tenga presente que los beneficios se entregarán sólo desde el ingreso de los dependientes al país extranjero.
La acreditación del ingreso al país de destino se puede realizar con cualquiera de los siguientes documentos, en orden descendente de importancia.
- Copia del pasaporte timbrado del dependiente que acredite ingreso al país de destino (carilla en la que aparecen los datos personales, más la carilla donde aparece el timbre de ingreso al país). En caso de no haber sido timbrado en el país de destino, debe presentar la tarjeta de embarque o itinerario de vuelo y la carilla del pasaporte con el timbre de salida de Chile.
La Subdirección de Capital Humano podrá solicitar información adicional en el caso de que no quede clara la fecha efectiva de ingreso en el país extranjero.
Todos los documentos deberán ser enviados en un (01) solo archivo compilado en formato PDF
IMPORTANTE: Todos los/as becarios/as deberán acreditar el ingreso efectivo de sus dependientes al país de destino. En el caso contrario, no se pagarán los beneficios asociados a dependientes.