Sección para acreditar el ingreso de los dependientes (hijos/as, cónyuge o conviviente civil) al país de destino del becario/a. Con esta acreditación se activarán los beneficios asociados a dependientes.
Tenga presente que los beneficios se entregarán sólo desde el ingreso de los dependientes al país extranjero.
La acreditación del ingreso al país de destino se puede realizar con cualquiera de los siguientes documentos, en orden descendente de importancia.
- Copia del pasaporte timbrado de su(s) dependiente(s) que acredite ingreso al país de destino (carilla en la que aparecen los datos personales, más la carilla donde aparece el timbre de ingreso al país). En caso de no haber sido timbrado, este documento no servirá para solicitar asignación de beneficio por dependiente(s).
- Copia de la tarjeta de migración entregada por extranjería en los casos de viajes a países que no requieran pasaporte.
- Pasaje aéreo/itinerario de vuelo utilizado para transportarse al país de destino. Sirve para estos efectos la tarjeta de embarque, donde debe indicar nombre, origen, destino y fecha de ingreso al país incluido el año.
Todos los documentos deberán ser enviados en un (01) solo archivo compilado en formato PDF
IMPORTANTE: Todos los/as becarios/as deberán acreditar el ingreso efectivo de sus dependientes al país de destino. En el caso contrario, no se pagarán los beneficios asociados a dependientes.