Los becarios que se encuentran retribuyendo, sólo podrán cerrar su beca una vez que finalice su obligación de retribución.
Quienes se hayan adjudicado una nueva beca y cuentan con una resolución que suspenda la obligación de retorno y/o retribución, deberán cerrar su beca una vez que cumplan con la retribución total establecida para estos efectos; es decir, terminado el período correspondiente a la suma de todos los plazos de retribución de cada una de sus becas.