Es importante considerar las definiciones que contienen las bases concursales.
Por una parte, la Universidad Postulante deberá designar una persona como Contraparte Institucional quien será el interlocutor válido entre la Universidad y ANID, encargado/a de la postulación y de la entrega de información para el seguimiento técnico y presupuestario del proyecto, así como del cumplimiento de las obligaciones de la universidad beneficiaria con ANID. La ANID realizará las comunicaciones solo con la contraparte institucional. Cualquier cambio de dicha contraparte deberá ser informada a este Servicio.
Por otra parte, la Universidad Postulante deberá designar una persona como Director/a del Proyecto, quien dirigirá el proyecto de fortalecimiento, pudiendo ser el Director/a del Programa de Doctorado, quien, a su vez, también podría tomar el rol de Contraparte Institucional. En cualquier caso, será el responsable de supervisar la ejecución del proyecto. Como responsable técnico del proyecto deberá
autorizar modificaciones de éste, las cuales deberán ser presentadas a la ANID por la contraparte institucional.
Los distintos roles pueden ser tomados indistintamente por autoridades, académicos/as o profesionales de la universidad, es comprensible que cada Universidad tiene distintas realidades y diseños organizacionales, por lo tanto, deben revisar las definiciones para designar a la persona mas idónea para cada rol, considerando que la misma persona puede tomar ambos roles.
La postulación debiera ser realizada por la Contraparte Institucional.